‏ Deuteronomy 24

El libelo de repudio

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1. El matrimonio instituido por Dios en el paraíso, era indisoluble, como el mismo Jesucristo lo atestigua (Mateo 19, 8 s.). Junto con la idea de la unidad del matrimonio se perdió también la de su indisolubilidad, de modo que Moisés, al dar legislación moral, a su pueblo, tuvo que tolerar el divorcio “a causa de la dureza de vuestro corazón” (Mateo 19, 8). Sin embargo lo limitó al caso de hallarse en la mujer “algo vergonzoso”, es decir un pecado contra la castidad matrimonial o cualquier otro acto de impureza. Así lo explicaba en tiempo de Jesucristo la escuela de Schammai, mientras la escuela de Hillel permitía el divorcio aun en los casos de simple desavenencia. A pesar de la tolerancia del divorcio, la indisolubilidad del matrimonio era considerada por la Ley y los Profetas como el ideal a alcanzar. El Eclesiástico previene contra una separación por liviandad (Eclesiástico 7, 28), y Malaquías condena decididamente todo divorcio “porque Yahvé fue testigo entre tú y la esposa de tu juventud” (Malaquías 2, 14 ss.).
Si un hombre toma una mujer, casándose con ella, y resulta que ella luego no le agrada porque ha hallado en ella algo vergonzoso, le escribirá un libelo de repudio, y entregándoselo en la mano la despedirá de su casa.
2Y salida de su casa, podrá casarse con otro marido. 3Si también el segundo marido concibe aversión a ella, y le escribe un libelo de repudio, y poniéndoselo en la mano la despide de su casa, o si muere el segundo marido que la tomó por mujer; 4entonces su primer marido que la había despedido no podrá volver a tomarla por mujer, después de haberse ella manchado; porque esto es abominable ante Yahvé. No cargues de pecado a la tierra que Yahvé, tu Dios, te va a dar por herencia.

Leyes de carácter humanitario

5Un recién casado no saldrá a campaña, ni se le imponga cargo alguno. Quede libre para su casa por un año, para que alegre a la mujer que ha tomado. 6
6. El molino de mano consistía en dos pequeñas muelas, una superior, y otra inferior, que se completaban. El molino de mano era necesario diariamente para la preparación de la harina. Quien tomaba la piedra de molino a su prójimo, le quitaba un objeto indispensable para la vida.
No se tome en prenda el molino, ni la muela superior; pues sería tomar en prenda la vida.
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7. Véase Ezequiel 27, 13; Apocalipsis 18, 13 y nota.
Cuando se descubriere un hombre que secuestrando a uno de sus hermanos de entre los hijos de Israel le haya esclavizado o vendido, el tal ladrón morirá. Así extirparás el mal de en medio de ti.
8En cuanto a la plaga de la lepra, pon cuidado en guardar y hacer escrupulosamente todo lo que te enseñaren los sacerdotes levitas; según yo les he mandado, así cuidarás de hacer. 9
9. Véase Números 12, 1 ss.
Acuérdate de lo que Yahvé, tu Dios, hizo a María en el camino, cuando salisteis de Egipto.

10
10 ss. No entrarás en su casa; para que no obres con arbitrariedad ni saques cosas necesarias para la vida. En el derecho romano existía la prohibición de embargar al deudor los muebles indispensables y los instrumentos de trabajo, institución que ha pasado al derecho moderno con el nombre de beneficio de competencia. Moisés va más lejos al prohibir su entrega en prenda, lo cual no debía impedir el préstamo, según se deduce de 23, 20; 15, 7-10; etc. Es la perfección jurídica más alta que ha alcanzado la humanidad: un derecho que está al servicio de la moral y de la religión. Cf. Éxodo 22, 26 s.
Si prestas a tu prójimo alguna cosa, no entrarás en su casa para tomarte su prenda.
11Te quedarás afuera, y el hombre a quien has prestado te sacará fuera la prenda. 12Y si el hombre es pobre, no te acostarás sobre su prenda; 13
13 ss. Inspirada en el amor de Dios y del prójimo la Ley de Moisés da principios detallados para amparar al pobre. Entre las disposiciones más conmovedoras, sin duda, figura la de devolver al pobre la prenda antes de caer la noche, y la de pagar al jornalero el jornal antes de ponerse el sol. Observa al respecto San Agustín: “Así el acreedor ejercitaba la misericordia y el deudor tenía un continuo recuerdo de la deuda que debía pagar”, ¡Cuántas maldiciones, cuántas luchas sociales se evitarían, y cuántas bendiciones se derramarían sobre nosotros, si tuviéramos en cuenta estas santas disposiciones! Véase Éxodo 22, 26; Levítico 19, 13; 23, 22; Tobías 4, 15; Santiago 5, 4.
sino que le devolverás la prenda al ponerse el sol, para que pueda dormir sobre su ropa y te bendiga. Esto te será imputado como acto de justicia ante Yahvé, tu Dios.

14No oprimas al jornalero pobre y menesteroso de entre tus hermanos, ni de entre los extranjeros que habitan en tu país dentro de tus ciudades. 15El mismo día le darás su salario, y no se ponga el sol sobre esta deuda, porque es un pobre y lo necesita; no sea que clame contra ti a Yahvé y tú te cargues con culpa.

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16. Véase IV Reyes 14, 6; Ezequiel 18, 20.
No han de morir los padres por culpa de los hijos, ni los hijos han de morir por culpa de los padres, sino que cada hombre morirá por su propio pecado.

17No tuerzas el derecho del extranjero ni del huérfano; ni tomes en prenda la ropa de la viuda.

18Acuérdate de que fuiste siervo en Egipto, y que Yahvé, tu Dios, te rescató de allí; por eso te mando que hagas esto. 19
19 ss. Véase Levítico 19, 9 s. y nota; 23, 22.
Cuando al segar tus mieses en tu campo olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás atrás a recogerla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda, a fin de que te bendiga Yahvé, tu Dios, en todas las obras de tus manos.
20Al varear tus olivos, no revises después las ramas. (El resto) será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda. 21Cuando vendimies tu viña, no hagas rebusco detrás de ti. Será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda. 22Recuerda que fuiste siervo en el país de Egipto; por eso te mando que hagas esto.
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